miércoles, 21 de agosto de 2013

CLASIFICACIÓN DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS


CLASIFICACIÓN DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS

El Nuevo Código Procesal Penal, a diferencia del Código Procesal Civil (art. 356 y siguientes) no recoge expresamente una clasificación de los medios impugnatorios; sin embargo en el Libro Cuarto denominado “La Impugnación”, hace expresa mención a un tipo específico de medios impugnatorios, como son los recursos.

Los medios impugnatorios según Ibérico, se clasifican en:

     1.- MEDIOS IMPUGNATORIOS ORDINARIOS.

Llamados también intra proceso, sirven para cuestionar actos procesales o decisiones judiciales al interior de un mismo proceso penal, y que generalmente implican pasar de un grado jerárquico a otro; estos a su vez se sub clasifican, en recursos y remedios, sirviendo los primeros de ellos para cuestionar actos procesales o decisiones jurisdiccionales contenidas en resoluciones judiciales, en cambio los segundos, sirven para cuestionar actos procesales o decisiones judiciales no contenidas en resoluciones judiciales.

Como ejemplo de recursos, podemos citar a la apelación; mientras, como ejemplo de los remedios, podemos citar a las observaciones, las tachas e incluso las propias nulidades.

Los recursos tales como lo establece el art. 413 del Código Procesal Penal, están constituidos por la reposición, la apelación, la Casación y la queja. Por otro lado en el Titulo Tercero de la Sección Primera de Libro Segundo del referido cuerpo normativo, se regula las instituciones de las nulidades procesales  que en principio son remedios, salvo que se comporten como recursos cuando la pretensión impugnatoria está dirigida a atacar un vicio procesal contenido en una resolución.

     2.- MEDIOS IMPUGNATORIOS EXTRA PROCESO

Llamados también acciones de garantía, sirven para impugnar decisiones judiciales que son firmes o incluso han pasado a la calidad de cosa juzgada, y cuyo uso implica el ejercicio de una nueva acción de carácter constituido que debe originar un nuevo proceso, pudiendo citar como ejemplo a la acción de revisión y a las acciones de garantía constitucional.

Podemos citar a los medios impugnatorios extra proceso a la acción de revisión, la acción de amparo y el Habeas Corpus.

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